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Oportunidad de traslado: Reforma pensional

María Paula Mora Rodríguez
Jun 30
2 min read

Updated: Jul 25


¿PARA QUIÉNES APLICA LA OPORTUNIDAD DE TRASLADO? 


Esta oportunidad de traslado está dirigida a quienes están próximos a pensionarse y cumplen ciertos requisitos específicos. 

  • Mujeres: Con 750 semanas cotizadas o más, y que les falten menos de 10 años para alcanzar la edad de pensión. Es decir, mujeres entre 47 y 57 años.

  • Hombres: Con 900 semanas cotizadas o más, y que les falten menos de 10 años para alcanzar la edad de pensión. Es decir, hombres entre 52 y 62 años.


¿EN QUÉ CONSISTE LA OPORTUNIDAD DE TRASLADO?


Esta oportunidad de traslado le permite cambiarse entre Colpensiones y una Administradora de Pensiones Privada, o viceversa, según lo que más convenga. Al realizar este traslado, seguirá estando bajo el Sistema de Pensiones definido en la Ley 100 de 1993, lo que garantiza que los derechos pensionales se mantengan y puedan aprovechar las condiciones que más se ajusten a su situación y expectativas de pensión.



¿HASTA CUÁNDO HAY PLAZO PARA PODERSE TRASLADAR?


El plazo para realizar el traslado de un régimen de prima media (Colpensiones) a un régimen de ahorro individual (fondos privados) o viceversa, estará vigente hasta el 16 de julio de 2026

De ahí la importancia de ejecutar el proceso conforme al marco legal vigente, asegurando el aprovechamiento integral de los beneficios que brinda esta ventana de traslado excepcional.


¿QUÉ DIJO LA CORTE CONSTITUCIONAL AL RESPECTO?


La Corte Constitucional confirmó que se mantendrá la oportunidad de traslado, un beneficio que permite cambiar de régimen pensional, teniendo en cuenta para ello que está disponible para mujeres con 750 semanas cotizadas y hombres con 900 semanas, hasta el 16 de julio de 2026, siempre que falten menos de 10 años para alcanzar la edad de pensión.

Si ya se solicitó el traslado y fue aprobado, el cambio será respetado, ya que la Corte Constitucional aseguró que pese a la suspensión de la reforma pensional, este procedimiento continuará vigente.


¿CÓMO SE DEBE HACER EL TRÁMITE?


Para realizar el traslado al régimen de pensión que más le convenga, lo primero es aprovechar la Doble Asesoría, que permite recibir toda la información necesaria sobre sus opciones y beneficios. Una vez completada la asesoría, se puede solicitar el traslado siguiendo los procedimientos establecidos por la entidad pensional.

Este proceso permite tomar decisiones informadas asegurándose de que el traslado se realice correctamente de acuerdo con lo que más le beneficie.

En Sotelo Aciertos Jurídicos convertimos este proceso en una decisión estratégica y segura realizando un diagnóstico pensional integral para identificar el régimen que realmente le conviene, lo acompañamos de manera personalizada en la doble asesoría y gestionamos el trámite de traslado paso a paso, verificando cada requisito y oportunidad legal, con el objetivo de tomar una decisión informada, oportuna y respaldada técnicamente, evitando riesgos que puedan afectar su futuro pensional.


 
 
 

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